Términos y condiciones -NP

Selección de Personal

Los siguientes términos y condiciones han sido elaborados por Empresa de servicios TRAVIAMAR S.A.C., con RUC N° 20603044640 Constituida en Perú bajo el nombre comercial “NANAS PERÚ” quien ofrece el servicio de selección de personal al cliente, en adelante, “EL EMPLEADOR”. Se utiliza el término “EL POSTULANTE” para el trabajador que está ofreciendo sus servicios domésticos. La utilización de nuestros servicios por parte de “EL EMPLEADOR” implica que acepta nuestra cotización y todas las disposiciones contenidas en las presentes términos y condiciones:

1) Selección

El servicio de selección de personal que brinda “NANAS PERÚ” a “EL EMPLEADOR” consiste en primero, reclutar personal de acuerdo al requerimiento de “EL EMPLEADOR” respecto a la actividad, modalidad, lugar de trabajo y sueldo ofrecido; segundo, filtrar al personal de acuerdo a la verificación de sus antecedentes policiales, judiciales y penales; y tercero, presentar la información de “EL POSTULANTE” a través de la visualización de su currículo y/o entrevista por llamada telefónica o videollamada.

NANAS PERÚ” realizará la selección de personal protegiendo el derecho constitucional a la intimidad de “EL POSTULANTE” conforme a los parámetros señalados por el inciso d) del Artículo 8° del Decreto Supremo No 020-2012-TR. Además, “NANAS PERÚ” no registrará datos personales de “EL POSTULANTE” tales como peso, cantidad de hijos, situación financiera, entre otros, en previsión de cualquier tipo de discriminación contenida en el Artículo 3° de la referida Ley.

2) Apertura

Si “EL EMPLEADOR” decide contratar los servicios de “NANAS PERÚ”, tal y como se estipula en 1. SELECCIÓN, “NANAS PERÚ” generará una garantía a favor de “EL EMPLEADOR” que consiste en brindarle los reemplazos de personal según el plan elegido. El pago del servicio a “NANAS PERÚ” deberá concretarse antes del proceso de selección de personal estipulado en el apartado 1. SELECCIÓN.

Para la elección del personal, “NANAS PERÚ” brindará a “EL EMPLEADOR” un máximo de 2 (dos) postulantes. Si en caso fortuito o de fuerza mayor, el primer postulante y/o segundo postulante no asiste a su primer día de labores, “NANAS PERÚ” iniciará un nuevo proceso de selección tal como se estipula en el apartado 3. REEMPLAZO.

3) Reemplazo

“EL EMPLEADOR” podrá solicitar el reemplazo de “EL POSTULANTE” durante el tiempo de la garantía. “NANAS PERÚ” brindará a “EL EMPLEADOR” un máximo de 2 (dos) postulantes con la misma actividad, modalidad, lugar de trabajo y con un sueldo no menor del requerimiento inicial, tal como se estipula en el punto 1. SELECCIÓN. Si en caso fortuito o de fuerza mayor, el primer postulante y/o segundo postulante no asiste a su primer día de labores, “NANAS PERÚ” iniciará un nuevo proceso de selección.

Si “EL EMPLEADOR” manifiesta su disconformidad con los 2 (dos) postulantes presentados por “NANAS PERÚ” se reiniciará el proceso de selección computandose nuevos plazos para este proceso.

El pago de días trabajados del personal reemplazado será asumido al 100% por “El EMPLEADOR” y pagados a “EL POSTULANTE” de forma directa y previa al reemplazo del personal.

“EL EMPLEADOR” puede elevar el sueldo para mejorar las probabilidades de selección de personal,sin ninguna penalidad. Así mismo, el personal reemplazado, no podrá seguir trabajando de forma directa o indirecta con «EL EMPLEADOR».

4) Responsabilidad

Si “EL EMPLEADOR” no se encuentra conforme con el servicio de “NANAS PERÚ”, no procederá la devolución del dinero, tal como lo determina la Resolución N° 001-2006-LIN-CPC/INDECOPI, ni generará la obligación de “NANAS PERÚ” de iniciar procedimiento de selección nuevamente, sin pago previo respectivo.

NANAS PERÚ” no tiene responsabilidad civil y/o penal de toda acción desfavorable o ilícita que realice “EL POSTULANTE” en perjuicio de “EL EMPLEADOR”. Dado que, las agencias de empleos no tienen vínculo laboral con “EL POSTULANTE” tal como lo determina el Decreto Supremo N° 020-2012-TR.

5) Término del contrato

NANAS PERÚ” dará término al contrato de selección si “EL EMPLEADOR” realiza hostigamiento sexual, agravio físico, psicológico o impago de sueldo y/o beneficios laborales que corresponda a “EL POSTULANTE”. Como también, si «EL EMPLEADOR» realiza agravio verbal o escrito contra el ejecutivo(a) de atención al cliente que le atiende, si «EL EMPLEADOR» incumple con el apartado 1, 2, 3, 4 y todo lo pactado en los presentes términos y condiciones.

6) Controversias

En el supuesto indeseado por las partes sobre desacuerdos que devenga de la relación contractual pactada, las partes deberán en primer lugar y de buena fe, acudir al trato directo y personal; y luego, a la conciliación pre judicial en un centro de conciliación, antes de acudir a cualquier otra entidad administrativa, como:

INDECOPI, la Municipalidad Distrital, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Policía Nacional o cualquier otro ente, siempre y cuando los Derechos en cuestión sean de libre disposición de las partes.

El presente contrato se rige por las leyes peruanas y la jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales del Cercado de Lima.